RILes en la agroindustria: cuándo debes regularizar ante el SEIA
En la agroindustria —viñas, queserías, planteles de animales, plantas de proceso— el manejo de los residuos líquidos industriales (RILes) es uno de los puntos que más fiscaliza la autoridad ambiental. La SMA ha intensificado los procedimientos contra empresas cuyo sistema de tratamiento de RILes opera sin la autorización ambiental que corresponde. Si es tu caso, conviene ordenarlo antes de que derive en una sanción.
¿Qué son los RILes?
Los residuos líquidos industriales son las aguas que genera tu proceso productivo: el suero de una quesería, los efluentes de lavado y vendimia de una viña, las aguas de un plantel o una planta de alimentos. No son aguas servidas domésticas: tienen una carga orgánica y química que, sin tratamiento, puede contaminar canales, ríos o napas.
La normativa que debes cumplir
Según dónde descargues tus RILes, aplica una norma de emisión distinta:
- DS 90/2000: descargas a aguas superficiales (ríos, esteros, mar, lagos).
- DS 46/2002: descargas a aguas subterráneas (infiltración).
- DS 609/1998: descargas al alcantarillado.
- Norma de riego, si el efluente se reutiliza para regar.
Cumplir la norma exige caracterizar el RIL (muestreo y análisis por un laboratorio acreditado), tener el sistema de tratamiento adecuado y monitorear periódicamente. Cuando la SMA pide caracterizar y la empresa no lo hace, el caso se complica.
¿Cuándo un sistema de RILes debe ingresar al SEIA?
No todo sistema de tratamiento de RILes ingresa al SEIA, pero sí lo hacen los sistemas asociados a proyectos de dimensión industrial o que descargan caudales relevantes. Un caso típico de incumplimiento: una planta que creció y construyó o amplió su sistema de tratamiento de RILes sin evaluarlo ambientalmente. La SMA lo califica como elusión del SEIA y abre un requerimiento de ingreso. La salida ordenada es regularizar con una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
Las señales de alerta en tu planta
- Descargas tus RILes a un canal de regadío, estero o por infiltración sin autorización.
- La autoridad te pidió caracterizar el RIL crudo y aún no lo has hecho.
- Ampliaste la producción o el sistema de tratamiento sin evaluación ambiental.
- No tienes claro bajo qué norma (DS 90, DS 46) debes cumplir.
Cómo se regulariza
El camino habitual combina tres frentes: (1) caracterizar el RIL y diagnosticar el sistema de tratamiento; (2) regularizar ante el SEIA con la DIA correspondiente; y (3) dejar un plan de manejo de RILes y un sistema de monitoreo que asegure el cumplimiento en el tiempo. Bien hecho, todo esto se logra sin frenar la producción.
Cómo te ayudamos en Insight
Acompañamos a empresas agroindustriales a ordenar su gestión de RILes: diagnóstico, regularización ante el SEIA y la SMA, plan de manejo y rol de encargado ambiental externo. Si recibiste un requerimiento o cargos por tus RILes, conversemos antes de que venza el plazo.
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